• Asociación Síndrome 22q11 / Entidad de Utilidad Pública
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Banco Sabadell

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Los donativos realizados a entidades acogidas al régimen fiscal previsto en la Ley 49/2002 ,como es el caso de la Asociación Síndrome 22q11, gozan de los siguientes beneficios impositivos: 

Para los donativos realizados por personas físicas se establecen las siguientes deducciones en la cuota del IRPF:

  • Los primeros 150 € donados: se desgrava el 80% de la cantidad donada.
  • El resto de las donaciones: se desgrava el 35%* de la cantidad donada.
  • Las donaciones deducibles tendrán como límite el 10 % de la base liquidable de cada contribuyente.

*40% cuando en el ejercicio y en los dos anteriores se ha realizado una donación igual o superior a la misma entidad.

Apartado de DONA

Para las donaciones realizadas por personas jurídicas, se establecen las siguientes deducciones en la cuota del Impuesto sobre Sociedades:

  • Por norma general, se desgrava el 35%* de las cantidades donadas.
  • Las donaciones deducibles tendrán como límite el 10 % de la base liquidable de cada contribuyente.

*40% cuando en el ejercicio y en los dos anteriores se ha realizado una donación igual o superior a la misma entidad.

Apartado de DONA

Se puede emitir un certificado por las donaciones recibidas, siempre que nos aporten los datos identificativos, y firmen el consentimiento del tratamiento de sus datos personales a tal fin. 

Dichos donativos se declararán a la Agencia Tributaria, mediante la presentación de una declaración anual informativa, en enero del año posterior al de la donación.

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